Un altre paset... Ja tenim l'expedient registrat al DAI (organisme competent a Vietnam per a la resolució de processos d'adopció), així que només queda esperar que una personeta uneixi per sempre els 2 extrems del fil vermell...
MINISTERIO DE JUSTICIA
Departamento de Adopción Internacional
56-58-60 TRAN PHU - HANOI
La documentación, legalizada y traducida al vietnamita, es presentada por la ECAI en el DAI, que revisará el expediente, lo registrará en los libros de control y en caso de estar correcto, enviará al Departamento de Justicia Provincial una comunicación para que éste solicite a los diferentes orfanatos la asignación de un menor en función del perfil y la idoneidad de la familia.
El orfanato seleccionará al menor adoptable, adjuntando su documentación correspondiente, y hará la propuesta a los Servicios de Justicia Provinciales que, una vez verificado el expediente del menor remiten al DAI un informe.
El DAI comprueba el informe de adoptabilidad y si lo considera válido envía, a través de la ECAI, la preasignación del menor. Esta preasignación, una vez conforme por la Autoridad Central española, se informa a la familia para su aceptación, que, una vez realizada, deberá ser comunicada al DAI.
A su vez, el DAI enviará esta comunicación al Departamento de Justicia Provincial que hará lo mismo con el orfanato, al que enviará instrucciones y el expediente completo de la familia.
El Departamento de Justicia, notificará la obligación de la familia de viajar a Vietnam para finalizar el trámite de adopción y recoger al menor.
Estando los futuros adoptantes en el país, se celebra la ceremonia de “Entrega y Recepción” en el Departamento de Justicia Provincial, a la que asisten representantes del Departamento de Justicia, orfanato y Comité del Pueblo. Un documento de ”Entrega y Recepción” es entregado a los solicitantes y la adopción se registra en un libro de registro de adopciones.
Una vez registrada los adoptantes son legalmente los padres del niño bajo la ley vietnamita.